Derecho Común y Derecho Civil como adaptaciones pro-mercado
Arruñada, Benito, and Veneta Andonova (2008), “Derecho Común y Derecho Civil como adaptaciones pro-mercado”, Washington University Journal of Law & Policy, 26, 81-130.
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Presentación
En el desarrollo del sistema jurídico occidental, los sesgos cognitivos son el determinante principal del papel regulador de los jueces. La discreción judicial, vista aquí como la principal característica distintiva entre ambos sistemas jurídicos, se introduce en las jurisdicciones de Derecho civil para proteger, en vez de limitar, la libertad contractual de las partes contra la interferencia judicial. Esta protección era menos necesaria en los países de Derecho común, donde las relaciones de libre mercado gozaron de una actuación judicial más favorable debido a su evolución relativamente gradual, al nombramiento como jueces de abogados con experiencia y al desarrollo previo de controles y equilibrios institucionales que respaldaban los derechos de propiedad privada. Desde esta perspectiva, las diferencias de costes y beneficios asociados al interés propio y a la falta de información carecen por sí solas de suficiente poder explicativo y requieren, adicionalmente, la presencia de fallos cognitivos.