Por qué no procede la dación en pago retroactiva
La dación en pago retroactiva permitiría al actual deudor hipotecario saldar su deuda con la entrega de la casa que le sirve de garantía, regalándole una opción que, pudiendo haber contratado, optó por no contratar.
Incentivaría así a que muchos dejasen de pagar sus deudas. Pero no beneficiaría a todos los deudores sino sólo al que, si bien puede pagar, prefiere no hacerlo, pues compró tarde y su casa vale hoy menos que su deuda. Y lo mismo a sus avalistas, que escamotearían su responsabilidad.
En cambio, la dación no aporta nada al deudor en necesidad, sin otros bienes y con rentas bajas, pues, para ahorrar tiempo y gastos, los acreedores ya están aceptando voluntariamente que entregue la casa en dación, e incluso que la siga ocupando como inquilino.
La dación retroactiva y forzosa sí perjudicaría al acreedor y a los contribuyentes, que somos ahora propietarios de las cajas de ahorros, titulares de más del 60% del crédito hipotecario y de un porcentaje aun mayor de las hipotecas en impago.
Dañaría así al ciudadano más humilde, que nunca pudo comprar casa, y que ahora habría de pagar más impuestos para rescatar a unos deudores imprudentes.
Haría, además, menos probable que esas personas más humildes pudieran comprarla en el futuro porque, con dación, habría menos crédito y a un interés más alto. Todas las viviendas valdrían menos como garantía, el crédito pasaría a ser más personal, más caro y menos accesible, sobre todo para las personas con menos recursos, menos historia crediticia y menos referencias.
En suma: la dación no plantea un conflicto entre ricos y pobres sino entre prudentes y atrevidos.
(“¿Debería aprobarse la dación en pago retroactiva? No”, Telva, 1 de junio de 2013, p. 82).